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Visa de trabajo en EE.UU.: cómo funciona la H-2

Guía sobre la visa de trabajo de Estados Unidos H-2A y H-2B: qué son, por qué las inicia el empleador ante USCIS y cómo sigue el trámite consular.

Por Alejo Fiasche Cormick·14 de octubre de 2026·★★★★★MyFastVisa, desde 2018
Las visas H-2A y H-2B son temporales y están atadas a un empleador estadounidense.
Las visas H-2A y H-2B son temporales y están atadas a un empleador estadounidense.

La visa de trabajo H-2 de Estados Unidos la inicia el empleador estadounidense, no el trabajador: la empresa primero obtiene una certificación laboral del Departamento de Trabajo, después presenta la petición ante USCIS y recién con esa petición aprobada el trabajador puede tramitar la visa en el consulado. Hay dos categorías: H-2A (trabajo agrícola de temporada) y H-2B (trabajo no agrícola temporal). Ambas son temporales y están atadas al empleador que hizo la petición.

Qué son las visas H-2A y H-2B

Ambas son visas de no inmigrante, es decir, temporales y pensadas para un trabajo puntual, por un período determinado.

  • H-2A: para trabajo agrícola de temporada (cosecha, tareas de campo, producción estacional).
  • H-2B: para trabajo no agrícola de carácter temporal, en rubros como hotelería, gastronomía, paisajismo o construcción, según la necesidad estacional o puntual del empleador.

Un punto clave: estas visas están atadas al empleador que presentó la petición. No habilitan a trabajar para cualquier compañía en EE.UU. ni a quedarse de manera indefinida. Si el trabajador quiere cambiar de empleador, ese nuevo empleador debe iniciar su propia petición.

Además, el Gobierno de EE.UU. publica una lista de países elegibles para las categorías H-2, que suele actualizarse periódicamente. Es lo primero que conviene verificar en la fuente oficial antes de planificar cualquier cosa.

El empleador es quien arranca el proceso

Esta es la parte que más confusión genera. No existe un formulario que el trabajador pueda presentar por su cuenta para “pedir” una H-2. El circuito, en términos generales, es así:

  1. El empleador en EE.UU. demuestra ante el Departamento de Trabajo que necesita personal temporal y que no hay trabajadores locales disponibles para ese puesto (certificación laboral).
  2. Con esa certificación, el empleador presenta la petición ante USCIS (el formulario de la serie I-129, de petición de trabajador no inmigrante).
  3. Recién una vez aprobada la petición, el trabajador puede iniciar su trámite de visa en el consulado de su país.

Por eso, cualquier oferta que prometa “conseguirte la visa de trabajo” sin que exista un empleador real detrás con una petición aprobada debería encenderte una alarma. La visa no se compra ni se tramita en el vacío: nace de una relación laboral concreta.

El trámite consular: DS-160 y entrevista

Con la petición aprobada, empieza la etapa que sí depende del trabajador. En líneas generales incluye:

  • Completar el formulario DS-160 (solicitud de visa de no inmigrante) y guardar la hoja de confirmación con el código de barras.
  • Pagar el arancel consular (MRV) correspondiente a la categoría.
  • Agendar y asistir a la entrevista consular, que en estos casos es la regla.
  • Presentar pasaporte vigente, los datos de la petición aprobada y la documentación que respalde la oferta laboral y el vínculo con el empleador.

En la entrevista, el oficial consular evalúa, entre otras cosas, la naturaleza temporal del trabajo y la intención del solicitante de regresar a su país al finalizar el período autorizado. Nadie puede garantizarte el resultado: la decisión es siempre del oficial consular.

En Argentina, la etapa consular se gestiona en:

CAS (Centro de Atención al Solicitante): Av. Córdoba 5160, Palermo, CABA · Embajada de EE.UU.: Av. Colombia 4300, Palermo, CABA

Qué tener en cuenta antes de avanzar

  • No pagues por una oferta laboral. En el programa H-2 hay reglas estrictas sobre las tarifas que el trabajador no debe asumir; si alguien te cobra por “asegurarte” un puesto, desconfiá.
  • Verificá que el empleador exista y que la petición sea real. Pedí los datos del empleador y el número de recibo de la petición presentada ante USCIS.
  • Es una visa temporal. La estadía autorizada está ligada al período del empleo aprobado y a las prórrogas que el empleador gestione.
  • Los acompañantes van por otra vía. Cónyuge e hijos menores suelen solicitar la categoría derivada (H-4), que en general no habilita a trabajar.
  • Los montos de aranceles y los plazos de procesamiento cambian. Conviene confirmarlos siempre en los sitios oficiales de USCIS y del Departamento de Estado antes de presupuestar un viaje.

Diferencias con otras visas de EE.UU.

Es habitual mezclar categorías, así que vale la aclaración. La visa de turista B1/B2 no habilita a trabajar en Estados Unidos, por más que permita realizar algunas actividades de negocios como reuniones o conferencias. Trabajar con una visa de turista puede derivar en problemas serios para cualquier trámite migratorio futuro.

Por otro lado, la H-2 tampoco es un camino directo a la residencia permanente: es una visa de no inmigrante, con un propósito acotado y un plazo definido. Si tu objetivo es establecerte de manera permanente, las vías son distintas y tienen requisitos propios.

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona la visa de trabajo H-2 en Estados Unidos?

La H-2 es una visa temporal de no inmigrante iniciada por el empleador estadounidense, no por el trabajador. El empleador debe demostrar ante el Departamento de Trabajo que necesita personal temporal y no hay trabajadores locales disponibles, luego presenta la petición ante USCIS. Recién con la petición aprobada, el trabajador puede tramitar la visa en el consulado.

¿Cuál es la diferencia entre visa H-2A y H-2B?

La H-2A es para trabajo agrícola de temporada (cosecha, tareas de campo, producción estacional), mientras que la H-2B es para trabajo no agrícola temporal en rubros como hotelería, gastronomía, paisajismo o construcción, según la necesidad del empleador.

¿Puedo cambiar de empleador si tengo visa H-2?

No, la visa H-2 está atada al empleador que presentó la petición. Si querés cambiar de empleador, ese nuevo empleador debe iniciar su propia petición ante USCIS.

¿Qué necesito para tramitar la visa H-2 en el consulado?

Completar el formulario DS-160, pagar el arancel consular (MRV), agendar entrevista consular, y presentar pasaporte vigente, datos de la petición aprobada y documentación que respalde la oferta laboral. La entrevista es obligatoria en estos casos.

¿La visa H-2 me permite quedarme de forma permanente en Estados Unidos?

No, la H-2 es una visa temporal de no inmigrante con un propósito acotado y plazo definido. La estadía autorizada está ligada al período del empleo aprobado. Si tu objetivo es residencia permanente, las vías son distintas.

¿Ya tenés una petición aprobada y no sabés cómo seguir?

En MyFastVisa te acompañamos en la parte consular: el DS-160, el arancel y la preparación de la entrevista, con seguimiento por WhatsApp.

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